Se decreta con lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público de acuerdo a lo establecido en el artículo 87 numerales; 1, 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, consistentes en: 1) Referir a la presunta víctima al equipo Interdisciplinario a los fines de que reciba orientación y atención. 5) Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida; en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. 6) Prohibir que el presunto agresor, por sí mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia.
QUINTO: Se decreta con lugar la Medida Judicial Preventiva de Libertad establecida en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la Representación Fiscal y sin lugar la medida Cautelar solicitada por la Defensa.
SEXTO: S.....