Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos SANDRA DEL VALLE REYNA GONZALEZ y ALDO CORAGGIO GALINDO, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha 17 de diciembre de 1999, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio El Libertador del Distrito Federal, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada bajo el N° 280, en el Libro de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 1999.- Así se decide.-