Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: DECLARAR CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadano ALEXANDRO ANTINUCCI, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.906.017r de la Cédula de Identidad Nº 4.009.612, en representación de su señora madre ANA DOLORES SERRANO DE ANTINUCCI, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.190.792, quien queda Eexcluida del Listado de Sorteo de Escabinos; por lo tanto la misma no desempeñará tal función en la presente causa, signada con el N° BP01-P-2008-2826, seguida al acusado JUAN CARLOS ROLDAN RODRIGUEZ, plenamente identificado en el presente expediente. Notifíquese a la Oficina de Participación Ciudadana.