Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Para el ciudadano: JOSE RAUL PEREZ VILLEGAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 6.681.708, natural de Caracas, donde nació en fecha 25/02/70, de 35 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos JOSE RAUL PEREZ (DF) y ISABEL VILLEGAS (V), residenciado en la Calle Principal, Brisas del Neveri, Nº 14, Barrio Otto Padrón, Barcelona Estado Anzoátegui; MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, conforme al artículo 256 Ordinales 3°,4° y 5º del Código Orgánico Procesal Penal; Asimismo se acuerda la remisión de la presente causa a la Fiscalia Sexta del Ministerio Público en su oportunidad legal. Cúmplase.-