Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada María Eugenia Pérez, Juez Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Asunto Nº.- BP02-V-2016-000158, contentivo del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL incoado por WOLFFGANG LIBERATORE SOJO y EDIXA TERESA VASQUEZ LIBERATORE, contra Laboratorios Biodata C.A., conforme lo dispone el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, por estar fundamentada en causal legal.