Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUIVAS DE LIBERTAD en contra de los imputados JESUS ALBERTO MEDINA CABRERA, venezolano, Titular de la cedula de identidad N° 17.950.951, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 02-09-1986, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de JESUS MEDINA (V) y de JOSEFINA CABRERA (V), residenciado en Calle Las Flores, casa s/n, Barrio Buenos Aires Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, y JHOEL JOSE GONZALEZ PEREZ, venezolano, Titular de la cedula de identidad N° 17.786.150, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-07-1986, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de JOSE GREGORIO GONZALEZ (V) y de MARIA PEREZ (V), resid.....