´ Es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 185 a del Código Civil venezolano vigente, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos ANA JULIA RUIZ PARACARE y JESUS RAFAEL GUAIQUIRIAN MACUARE, y se declara disuelta la unión matrimonial contraída por ante el Registro Civil del Municipio Fernando Peñalver del Estado Anzoátegui, en fecha 14-09-2012. Y así se decide. ´