En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos HILDANA MARIA PACHECO FARIÑAS, MANUEL ANTONIO PACHECO FARIÑAS y JUAN JOSÉ PACHECO FARIÑAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.169.954, N° V-13.690.366, y N° V-15.678.332, respectivamente, en su condición de hijos, SUS DERECHOS COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta, ciudadana LIBIA MARGARITA FARIÑAS VELASQUEZ, quien fue titular de la Cédula de.....