Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana DIOMELYS DEL JESUS RAMOS MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.783.538, domiciliada en la Calle Las Villas, Sector Las Villas, Caserío El Hatico, Parroquia Naricual, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección del Estado Anzoátegui, Abogado NELMAR CONTRERAS. SEGUNDO: Designar al ciudadano JOB ENRIQUE RAMOS MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.878.809, para que sea el CU.....