en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentado por la ciudadana LUISA MADELEINE BECERRA BARAJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.539.774, domiciliada en El Sector La Caraqueña, Calle Sucre, Casa N° 20, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por los abogados en ejercicios ARELYS AYALA y MORELLA VALLEJA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nºs 141.340 y 23.760, respectivamente, en contra del ciudadano CARLOS RAFAEL HERNANDEZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.316.396, domiciliado en Urbanización Boyacá IV, Sector 1-A, Calle 04, casa N° 19, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentran involucrados los niños: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica B.....