Se declara bastante y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos PETRA DEL VALLE QUERECUTO DE MARCANO, LUIS JOSE MARCANO QUERECUTO, INGRID DEL VALLE MARCANO QUERECUTO, ARMANDO RAFAEL MARCANO QUERECUTO, CAROLINA DEL VALLE MARCANO QUERECUTO, RICHARD JOSE MARCANO QUERECUTO, ALEXANDER RAFAEL MARCANO QUERECUTO ROYNER LUIS MARCANO QUERECUTOY DARWIN FRANCISCO MARCANO QUERECUTO, titular de la cedula de identidad Nº V-1.196.174, V-8.227.526, V-8.231.548, V-8.242.629, V-8.256.437, V-8.265.938, V-8.282.313. V-8.289.980 y V-15.515.942, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS RAFAEL MARCANO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-1.156.272, y falleció en fecha Veintiséis (26) de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2017), tal como ha quedado expresado anteriormente, ya que son las personas llamadas a suceder según el orden de sucesión establecido en los artículos 822 Y 824 del Código Civil.-