Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO, interpuesto ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 15-11-2017, por el ciudadano PEDRO GARRONI REQUESENS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 814.317.544 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº. 106.350, actuando en su carácter de Apoderado de la Contribuyente TURBINAS SOLAR DE VENEZUELA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 25 de julio de 1991, bajo el Nº. 35, Tomo 12-A, e inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Numero J-07052345-0, con domicilio procesal en Lechería Estado Anzoátegui contra la Resolución N° SNAT/INTI/GR.....