PRIMERO: DECLARAR en REBELDIA, a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA, a quienes se les sigue el presente proceso por la presunta comisión por los delitos de ROBO AGRAVADO, EN GRADO DE COAUTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE AUTOR, previsto en el articulo 458, 277 y 83 del Código Penal, en agravio de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, FÉLIX RAFAEL GAMBOA DUARTE Y EL ORDEN PUBLICO, de conformidad con el articulo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia se ORDENA su UBICACIÓN inmediata y a tales efectos se comisiona suficientemente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación de Barcelona, Estado Anzoátegui; División de Captura; SEGUNDO: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO con respecto a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA , hasta lograr su ubicación; quedando en consecuencia suspendida la celebración de la Audiencia Preliminar fijada la presente fecha 28/02/2013. To.....