Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la Revisión de la Medida interpuesto por la Dra. ARELYS GIMENEZ, en su condición de Defensor de Confianza del imputado RAMON ANTONIO HERNANDEZ, identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES TIPO LEGAL BASICO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los Artículos 277, 413 y 218 todos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JHONATHAN ALEXANDER TOLOZA RODRIGUEZ, de conformidad con los Artículo 264 y 259 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese.