SE DECRETÓ LA MEDIDA DE DETENCION PREVENTIVA, establecida en el articulo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, solicitada por el Ministerio Publico en contra del adolescente, J.D.C.R., venezolano, por la presunta comisión del delito de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el articulo 458 en concordancia con el 80 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano "JOSE". Se ordenó la aplicación del Procedimiento Ordinario.