Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la Defensora Publica Sexta Penal, Doctora IRMA FERMIN MARAIMA, a favor de su defendida ampliamente
identificada al inicio de la presente decisión.
Regístrese, diarícese, déjese copia en archivo, notifíquese la presente decisión.