DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación incoado por el Abogado Simón Vielma Rodríguez, en su carácter de Defensor de Confianza del ciudadano EMIR JOSE EVANS MEZA, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del Delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N°02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, el día 06 de Mayo de 2004, toda vez que la misma no es inmotivada por tanto no adolece de nulidad de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la calificación jurídica dada a los hechos, amén de no observarse subversión del proceso al no aplicar el pro.....