Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos OLGA JOSEFINA BRACHO DE GOLINDANO y YANETZI DEL CARMEN GUAREPE RODRIGUEZ, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos GUILLERMINA GOLINDANO DE SALCEDO ,LILIANA DEL CARMEN SALCEDO GOLINDANO, RICARDO JOSÉ SALCEDO GOLINDANO, LISBET CAROLINA SALCEDO GOLINDANO, ROLANDO JOSÈ SALCEDO GOLINDANO, LICETH OSCARINA SALCEDO GOLINDANO y JORGE LUIS CELESTINO SALCEDO PIETRUCCI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades números, 5.846.450, 8.286.852, 14.320.898, 14.431.008, 15.875.048, 17.536.881 y 26.434.267; respectivamente, y a los descendientes del hijo premuerto RAMON ANTONIO SALCEDO GOLINDANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 12. 979.559, fallecido AB-intestato en fecha 28 de septiembre de 2008 , sus condiciones de UNIC.....