el Tribunal, por cuanto no contrario a derecho, acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia, ordena en forma SUMARIA, PRIMERO: al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento, del ciudadano RAFAEL TEODORO DE JESÚS VICENT MARTINEZ, en el sentido que donde dice CARMEN ELADIA MARTINEZ DE VICENT, signada con el No. 1.376, de fecha 21 de Julio de 1.972, debe decir ELADIA MARTINEZ DE VICENT, en virtud de que ese el verdadero nombre de la solicitante ELADIA MARTINEZ DE VICENT; y SEGUNDO: al Registrador Principal del Estado Anzoátegui y la Prefectura del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento de la ciudadana ELADIA ALEJANDRINA VICENT MARTINEZ, signada con el No. 306, de fecha 14 de Febrero de 1.967, en el sentido que donde dice CARMEN ELADIA MARTINEZ DE VICENT, debe decir ELADIA MARTINEZ DE VICENT, en virtud de que ese el ve.....