RESOLUCIÒN
En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA: CON LUGAR el pedimento formulado por el Abogado JUAN LUIS MARTINEZ LUCCANI, quien actúa en su condición de Defensor Público Décimo Penal del ciudadano JESUS BAUTISTA MACIAS HIGUERA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.764.475, natural de Guasdualito, Estado Apure, lugar donde nació el día 26/09/1982, de 27 años de edad, soltero, comerciante, hijo de JOSE MACIAS y THAIS HIGUERA, residenciado en la Calle Andrés Eloy Blanco, Residencias antigua COFA, cerca del Liceo Calatrava, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y en tal sentido acuerda la aplicación de una medida menos gravosa para el señalado e identificado imputado, decretándose a su favor Medidas Cautelares Sustitutivas, de las pautadas en el artículo 256, ordinales 3º, 4º y 5º del Có.....