En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Estado. Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
HOMOLOGADO el desistimiento consignado por los ciudadanos MARIO SLEY BAUTISTA BARRERA NEREIDA JOSEFINA MORAN DE BAUTISTA antes identificados, en la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, debidamente asistidos en este acto por la abogada NAYLET ARCILA DE TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.829