En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA PENA que le fuere impuesta al penado JOSE ANGEL RODRIGUEZ, quién es venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el día 10 de Enero de 1.972, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.671.667, de estado civil casado, de profesión u oficio Indefinida, hijo de los ciudadanos Emilia Guacaran y Orangel Rodríguez, residenciado en la Calle Principal, Las Flores, Casa S/N, de la Población de Caigua, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 112, Ordinal 1° del Código Penal, quedando extinta la responsabilidad penal del referido ciudadano con todos los pronunciamientos de Ley.
Líbrense las correspondientes boletas de Notificación al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministe.....