éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de REIVINDICACION interpuesta por la ciudadana DANNIS DEL VALLE LOPÈZ ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.177.086, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio LAURA PEREZ DE RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.976, en contra de la ciudadana KATHERIN ANDREINA MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.786.563, en donde se encuentra involucrada su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , y así se decide.-
Se ordena devolver las origi.....