Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: HOMOLOGA el desistimiento, presentado por la ciudadana Xiomara Ochoa, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Se da por terminado el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad Conjuntamente con Vías de Hecho, incoada por la Ciudadana Xiomara Ochoa, identificada en autos, contra la Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui (UPTJAA).
Tercero: Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.