En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada al ciudadano JESUS ALBERTO VALDEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, Indocumentado, nacido en fecha 30/05/1983, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Sector La Burra, Casa S/N, Color Azul, Calle Virgen del Valle, Barcelona, Cerca del Palacio Legislativo, a orillas del río, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de JOSE ENRIQUE PUELLO ESPINOZA.
Líbrese oficio al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, Caracas; al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a objeto de que eli.....