Por las razones antes expuestas, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, en forma sumaria, y en consecuencia, se ordena Rectificar el Acta de Nacimiento de la ciudadana: GIOVANNI JOSEFINA YACOBELLI, en el sentido de que en lo adelante se inscriba donde dice GIOVANNI JOSEFINA, diga GIOVANNA JOSEFINA, igualmente donde se lee LILIANA FERRERA DE YACOBELLI, diga LILIANA FERRERA DE IACOBELLI, que donde dice VIGALVI, diga VICALVI y que donde se lee ALDO YACOBELLI, diga FAUSTO ALDO IACOBELLI; debiendo en consecuencia el Funcionario competente proceder a estampar la nota marginal a que hubiere lugar en el Acta N° 121 de los Libros de Registro Civil de Nacimiento, llevados por la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 22 de Abril de 1.958.
Ejecutoriada como quede la presente sentencia, se insertará la misma en.....