Se deja constancia que no compareció, la parte demandada, ciudadana YANICE DEL VALLE DIAZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.399.943, ni el demandante ciudadano JORGE LUIS GOLINDANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.892.162, asimismo se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.