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Decisiones del dia 29/09/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP02-F-2014-000031 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2014
Procedimiento:
Partición Y Liquidación Bienes Comunidad Conyugal
Partes:
JHOVANA DEL CARMEN RIVAS SUÁREZ VS. JUAN RAMÓN BRAVO MIRABAL
Resumen:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, se declara incompetente, en razón de la materia para seguir conociendo de la presente pretensión de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, intentada por la ciudadana Jhovana del Carmen Rivas Suárez en contra de Juan Ramón Bravo Mirabal; en consecuencia, declina la competencia para su conocimiento al Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el Literal I del párrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil . Así se decide.
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente : BP02-V-2012-001233 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2014
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
INDIRA RICO VS. SOCIEDAD MERCANTIL GRECO DISEÑOS XXI, C.A.
Resumen:
Señala que se violó el debido proceso y el derecho a la defensa de su representada al no permitírsele designar un experto para llevar a cabo la experticia complementaria al fallo, este Tribunal declara Sin Lugar la impugnación efectuada en dichos términos a la experticia complementaria al fallo. Y así se decide. En cuanto a la solicitud de nueva designación de experto, por cuanto el mismo no prestó juramento de Ley, dentro de los tres (03) días siguientes a su notificación, este Tribunal declara Sin Lugar la impugnación efectuada en dicho fundamento. Y así se decide.En cuanto a la impugnación efectuada por cuanto señala que el dictamen pericial no indicó ni el objeto de la experticia ni el método y conclusiones a las cuales llegó el experto, este Tribunal declara Sin Lugar la impugnación efectuada por la representante judicial de la parte demandada, en los referidos términos. Y así se decide. En cuanto a la impugnación del dictamen del experto por considerar excesivo el cálculo de los.....
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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