Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de los niños (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) de actualmente siete (07) y ocho (08) años de edad, nacidos en fechas 15/06/2017 y 10/02/2016, hijos biológicos de los ciudadanos JOHANNY SARAY GOMEZ RAMIREZ y JUNIOR JOSE FRANCISCO SANCHEZ VIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de Identidad Nro.V-24.947.828 y V-27.365.119 respectivamente, interpuesta por la ciudadana MADELENNIS CAROLINA RODRIGUEZ SUZARRA, venezolana, mayor de eda.....