En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA: PRIMERO ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscal 6° del Ministerio Público en contra del acusado CARLOS RAFAEL YEGUEZ CASTILLEJO por la comisión del Delito de VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, previsto y sancionado en el Artículo 17 con la agravante prevista en el ordinal 1º del articulo 21 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana MORELIA MAZA. SEGUNDO: Se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso al acusado CARLOS RAFAEL YEGUEZ CASTILLEJO, por estar dados los requisitos concurrentes de procedibilidad de la medida alternativa de suspensión condicional del Proceso, de conformidad con lo establecido en el articulo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. El Tribunal fija el plazo del régimen de prueb.....