En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por solicitud de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesto por la ciudadana, ELIZABETH ALMEIDA RODRIGUEZ, debidamente asistida por la abogada MARJORIE DE LA TRINIDAD YABRUDY, contra el ciudadano: LUIS RAMON CARDOZO MENDOZA, plenamente identificados en autos, como así se declara, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-