DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, solicitada por el accionante en el escrito libelar; y en consecuencia: ordena al JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, paralizar el curso de la causa signada con el N° 14-0103, relacionada con el juicio de Cobro de Bolívares que por el procedimiento de intimación, incoara la empresa ASOCIACION COOPERATIVA ORIENTE A-I R.L., inscrita en el Registro Público Subalterno de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha 24 de octubre de 2004, bajo el N° 29, folios 305 al 316, Protocolo Primero, Trimestre del citado año, con posterior reforma de acuerdo Acta de Asamblea Extraordinaria en fecha 7 de mayo de 2012, quedando asentada bajo el N° 26, folio 164, Tomo 5 del Protocolo de Transcripción del presente año, domiciliada en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, contra la empresa INVERSIONES ASO, C.A., (ASOCA), ya identificada, hasta tanto s.....