DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que en la solicitud de INSPECCION JUDICIAL EXTRALITEM, presentada por la ciudadana CARMEN TERESA GONZALEZ DE MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V.- 4.009.996, a traves de su apoderado judicial MAX RAFAEL MARCANO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V. 4.495.557 e inscrito en el Inpreabogado Nº 69.039, ha operado la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con el artículo 267, en su encabezamiento, del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el articulo 269 eiusdem. Asi se declara.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos la presente decisión.....