Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se Declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la presente Solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana RAMONA DEL CARMEN MAESTRE, titular de la cedula de identidad No. V-8.475.140 y a sus Hijos MARYURY JOSEFINA PINTO SEVILLA, HECTOR JOSE PINTO SEVILLA, ERNESTO LUIS PINO SEVILLA, AURA CARINA PINTO SEVILLA, HEIDY ROSMAR PINTO MAESTRE y DIEGO ARMANDO PINTO MAESTRE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.940.599, 11.773.430, 12.792.406, 14.620.096, 17.008.561, 18.653. 350, 21.178.956, y 27.878.293, respectivamente; y DECLINA el conocimiento y pronunciamiento Definitivo de la presente solicitud al JUZGADO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE.....