DECISION
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, intentada por los ciudadanos NELSIDA RAQUEL VALDIVIA ROMAN, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, con Pasaporte Nro. B598947, de profesión Médico y MIGUEL ANTONIO MAYORGA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18. 766.557, con fundamento en el artículo 189 del Código Civil, en armonía con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos en fecha 29 de diciembre de 2010, por ante el Registro Civil.....