Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS para las ciudadanos: ERMELINDA CUPAMO, quien es venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 06 de Mayo de 1.961, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.226.586, de estado civil soltera, de profesión u oficio Ama de Casa, hija de los ciudadanos Carmen Cupamo (d) y Juan Tayupo (d), residenciada en la Avenida Cumanagoto, Callejón Cumanagoto, cerca del Bacazaraza, Barrio Buenos Aires, Casa S/N, Barcelona, Estado Anzoátegui y, JAIME RAFAEL CUPAMO, quien es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 13 de Enero de 1.968, de 36 años de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-8.245.549, de estado civil soltero, de p.....