En fuerza de los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÀTEGUI administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano CRUZ MARCANO PASTRANO, venezolano, de 29 años de edad, quien manifestó no saber donde nació, manifestando no saber la fecha de nacimiento nacido ni edad, soltero, hijo de CARMEN GARCIA DE MARCANO (V) Y CRUZ MARCANO (V), indocumentado y sin residencia fija, a cumplir la pena de DOCE (12) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 de la ley penal sustantiva, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en los artículo 455 del Código Penal vigente.
Publíquese, regístrese la presente sentencia y remítanse las actuaciones al Juzgado de Ejecución en.....