En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada por el abogado JULIO BELTRAN MILANO RONDON, Inpreabogado N° 116.180, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA GUERRA CARREÑO, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.257.230.
SEGUNDO: Se Ordena que debe Rectificarse el nombre de la madre y el estado Civil, contenido en el acta de nacimiento de la ciudadana ANA MARIA GUERRA CARREÑO, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.257.230, de manera correcta ANA JULIA CARREÑO, Estado Civil: SOLTERA y no como erróneamente se coloco "ANA CARREÑO DE GUERRA", Estado Civil: CASADA, en virtud de un error cometido al asentarla, para que dicha acta aparezca en lo sucesivo como ha quedado asentada las correcciones pertinentes y no como erróneamente quedo asentado, de fecha 04 de marz.....