DISPOSITIVA
En atención a los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA REVOCATORIA de las medidas de protección y seguridad acordada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en fecha 22 de Mayo de 2008, consistentes en la salida inmediata del ciudadano ANTONIO GONZALEZ de la residencia en común, ubicada en la siguiente dirección: Prolongación Avenida Paseo Colon, Casa Botes B, Quinta 296, Lechería. Estado Anzoátegui, prohibición al ciudadano ANTONIO GONZALEZ de acercarse al lugar de trabajo y residencia de la ciudadana YURAIMA YANEZ MARTINEZ, y prohibición al referido ciudadano, por si mismo o por intermedio de terceras personas de realizar acto de persecución o acoso a YURAIMA YANEZ MARTINEZ o a algún integrante de su familia, permitiéndole consecuencialmente la restitución y entrada a la viv.....