Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un bien inmueble constituido por una parcela de terreno y Town House Nº 6, situado en el Conjunto Residencial Puerto Andrés, ubicado en la calle 3 cruce con calle principal de la Urbanización Rafael Caldera, de la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: Norte: Con área común y estacionamiento; Sur: Con calle Nº 2; Este: Con parcela Nº 5; y Oeste: Con calle Nº 4, el cual quedó registrado bajo documento de parcelamiento del Conjunto Residencial Puerto Andrés, en el Registro Público del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, bajo el Nº 4, Folio 11, Tomo 18 del Protocolo de Trascripción del año 2013.
Particípese lo conducente al Registro Público del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, mediante oficio, a los fines legales consiguientes. Lí.....