Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 07, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta para el ciudadano ALEJANDRO RAFAEL BOTOMO SÁNCHEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.718.650, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01/06/1984, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Orocelis Botomo (v) y Olga Sánchez (v), residenciado en Vía El Rincón, San Diego, en la Calle Principal, Casa N° 37, al lado de la Licorería Alex, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de conformidad con los artículos 49 y 44, ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal Líbrese el correspondiente oficio a la Comandancia General de la Policía de este Estado, a los fines de informar sobre .....