Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los Imputados: ELIBER JOSE GUARIMATA, quien es venezolano, titular de la cédula Nº 14.765.223, natural de Barcelona- Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 25-09-81, de 24 años de edad, soltero, Mecánico, hijo de los Ciudadanos: JOVITO BASTARDO (V) Y MILAGROS GUARIMATA (v) y residenciado en CARRETERA SUR, MESONI, CALLE PRINCIPAL, CASA N° 106, JOSE DANIEL LEDEZMA SISO, quien es venezolano, titular de la cédula Nº 14.650.701, natural de Boca de Uchire, donde nació en fecha 15-02-77, de 29 años de edad, soltero, Artesano, hijo de los Ciudadanos: CELESTINA REYES (D) Y AURA ROSA SILVA (V) y residenciado atrás del Hospital, Casa N° 100, Barrio Palo Sano, Barcelona Estado Anzoátegui. Y ISACC JESUS B.....