Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara "NO TENER COMPETENCIA POR LA CUANTIA" para el conocimiento de la presente Demanda por Desalojo en Inmueble Destinados al uso Comercial, intentada por el ciudadano, CESAR ANTONIO VENUTI, titular de la cédula de identidad N°: 5.996.547, en la persona de su apoderado judicial, DONEL FELIPE ROMERO, abogado, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N°: 164.055; en contra del ciudadano, LUIS ANGEL GRANADO, titular de la cédula de identidad N°: V-4.716.647, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se DECLINA el conocimiento, sustanciación y pronunciamiento definitivo de la presente solicitud al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA E.....