Este Tribunal de Control Nº 01 de Audiencia y Medidas del Tribunal de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, solicitado por la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico a favor de FELICIO JOSE BRITO FIGUEROA, titular de la cedula de identidad Nº 5.477.932, residenciado en Boyaca IV, Vereda 49, Casa Nº 03, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, tipificado en el articulo 39 Y 41 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente para la época en que se cometieron los hechos en perjuicio de la ciudadana ILEANA GABRIELA BARROSO GONZALEZ, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48.8 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, .....