En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada por la ciudadana AMALIA ROSA PARICHE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.290.306, debidamente asistida y posteriormente representada por el abogado JOSE RAFAEL MATA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 147.828, en virtud de todo lo antes expuesto.
SEGUNDO: Se ordena la continuación de la ejecución de la sentencia que fuera dictada en fecha 23-03-2023, por el Tribunal de Alzada mediante la cual confirmo la decisión dictada por este despacho.
TERCERO: Se acuerda la Ejecución Forzosa de la sentencia antes indicada, acordando la debida constitución de este Tribunal en la dirección: local.....