Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano SILVA RODRIGUEZ MARCOS TEOFILO, titular de la cédula de identidad Nº 14.930.909, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, donde nació en fecha 25-09-1979, de 29 años de edad, de estado Civil Casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de los Ciudadanos Marco Antonio Silva y Carmen Teresa Rodríguez, residenciado en Urbanización los Cocalitos, Bloque Nº 03, Apartamento 0005, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el articulo 44 ordinal 1º de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela. Líbrese el oficio correspondiente, participando de la presente decisión. Cúmplase.