en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud de de DIVORCIO 185-A, SEGUN SENTENCIA 693 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DE JUNIO DEL AÑO 2015, presentada por los ciudadanos ZULEIMA DEL CARMEN BELLORIN YANEZ y JULIO CESAR MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.409.783 y V-10.996.786, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio JENNY LOPEZ AVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 243.004, en donde se encuentran involucrados sus hijos, el adolescente y el niño: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de .....