Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 479, numeral 3, 481 y 486, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Se Exhorta al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a los fines que vigile el cumplimiento de la condena impuesta al ciudadano HERIBERTO RAFAEL ATAGUA GAMEZ, titular de la cédula de identidad número 19.840.216, quien fue condenado mediante sentencia definitiva dictada en fecha 24-04-2.007, por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del.....