por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Inquisición de Paternidad incoada por abogada CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, Fiscal especializada Décimo Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del niño, en contra del ciudadano ANGEL FRANCISCO ROMERO, venezolano, mayor de edad, Profesor de Física, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.524.023, domiciliado en la Avenida Juan de Urpin, Residencias Los Chaguaramos, Torre B, planta baja, apartamento 01, de la ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, en consecuencia, se deja plenamente establecido a través de esta vía jurisdiccional, el vinculo biológico y legal entre el mencionado niño y el ciudadano JOSE MANUEL VILORIA GUEVARA, para que el mismo goce de todos los derechos y beneficios legales que le confiere la Ley al establecerse su filiación legítima. Y así se decide. Por cuanto el padre voluntariamente procedió a reconocer al niño de mar.....