Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano ELVIS JOSE PARABABIRE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.128.707, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16-01-1987, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: EVO GUEVARA y ROSA PARABABIE, residenciado en: La Vuelta del Carro, Sector Cerro de Piedra, Casa Sin número, (Barcelona), Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30-07-77, de 29 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en Vereda 3, Casa N° 36, Los cocalitos,. Guanta, Estado Anzoátegui, por encontrarlo responsables en la comisión del delito de VIOLACION, ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALE.....